Familiares de su cónyuge. Hace unos meses, su empleado ya disfrutó de un permiso retribuido por enfermedad grave de su suegra. Recientemente ha disfrutado de un nuevo permiso, ya que finalmente la madre de su esposa ha fallecido. ¡Atención! El problema es que ahora usted se ha enterado de que su empleado no está casado, y que su «supuesta» suegra es la madre de una persona con la que hace tiempo que no convive. ¿Puede usted despedirle?

Transgresión de la buena fe. Su empleado le engañó respecto a su situación personal con el fin de disfrutar de un permiso retribuido que realmente no le correspondía. Apunte. Ello supone una «transgresión de la buena fe contractual», y es causa suficiente para justificar un despido disciplinario. En este sentido, tenga en cuenta:

  • El empleado no podrá alegar que previamente usted ya le concedió un permiso por enfermedad de la misma persona. ¡Atención! Aunque ya haya pasado el plazo para sancionar el primer engaño, el trabajador ha cometido una nueva infracción (ha vuelto a mentir sobre su estado civil). Dicha infracción es independiente de la anterior y plenamente sancionable ahora.
  • Tampoco podrá alegar que antes de conceder el permiso usted debería haber comprobado su estado civil. Apunte. El estado civil corresponde a la esfera privada del trabajador. Si encima éste le dijo que estaba casado, usted no tenía por qué dudar de su afirmación. ¡El culpable del engaño es el trabajador, quien no podrá defenderse alegando que usted «se ha dejado engañar»!

Suficientemente grave. También es posible que su empleado se defienda alegando que, antes del despido, la empresa debería haberle impuesto una sanción menos grave (por ejemplo, una suspensión temporal de empleo y sueldo). Apunte. Salvo que su convenio colectivo establezca una sanción concreta para esta infracción, el engaño consciente es una actuación suficientemente grave como para justificar el despido, ya que vulnera claramente la buena fe contractual.

El engaño realizado por el trabajador es causa suficiente para despedirle, ya que su conducta vulnera la buena fe contractual.

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